¿Qué dice el Real Decreto de contabilización de consumos de calefacción?

El Real Decreto entró en vigor el día 7 de agosto de 2020. 

Establece la obligación de que todos los edificios que estén dotados de sistemas centralizados de calefacción, salvo los que resulten exentos, instalen algún sistema de contabilización de consumos, de forma que cada vecino pague en función de su consumo medido.

La legislación no obliga a todas las viviendas a instalar repartidores de costes. Aquellas viviendas que estén en las zonas climáticas α, A y B no están obligadas a instalar los repartidores de costes, ni las que dentro de las zonas C, D o E demuestren que su instalación no es rentable.